martes, 14 de junio de 2022

ABIERTA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL

Está abierta la convocatoria de las líneas 4 y 5 de las subvenciones dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.  (Reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, BOJA núm.197, de 9.10.2020).

 

Convocatoria para 2022  publicada en el BOJA núm. 107 de 7.6.2022. 

 

Descripción Línea 4: Subvenciones para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de 3 años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional.

 

(Por nacimiento, adopción, guarda y/o acogimiento familiar permanente)

 

Requisitos del trabajador/a contratado/a:

 

Persona desempleada no ocupada e inscrita en el SAE como demandante de empleo.

 

 

Cuantía:

 

  • 6.000 € por contrato de trabajo a tiempo completo y por doce meses .
  • 7.200 €, si el trabajador/a pertenece a alguno de los siguientes grupos:
      • Mujer
      • Hombre menor de 30 años
      • persona con discapacidad reconocida >= 33 %
      • Víctima de violencia de género
      • Víctima de terrorismo
  • Si el contrato es a tiempo parcial, la cuantía se reduce proporcionalmente. (Mín. 20 h/ semana).
  • Si el hijo/a menor cumple los tres años, se subvenciona de manera proporcional y como máximo hasta cumplir los tres años.

     

El nuevo contrato debe suponer incremento de plantilla respecto al mes anterior al que se produce la contratación.

No existir vinculo laboral en los 6 meses anteriores, salvo que se produzca la contratación de la misma persona que se contrató para la sustitución por maternidad o por riesgo de embarazo.

 

Esta línea es incompatible con la Ayuda a las familias para el fomento de la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización de primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, de la Consejería competente en Educación, para el curso en que se produce la contratación incentivada. (salvo que el horario del contrato difiera en su totalidad del de la Guardería).

 

Descripción Línea 5: subvenciones para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.

 

Cuantía:

 

  • Supuestos de riesgo durante el embarazo: 3.200 € por un periodo máximo de 8 meses.
  • Descanso por maternidad: 1.700 € para un periodo de 16 semanas. 1.900 € si son 18 semanas.
  • Estas cuantías, se incrementarán un 50% si la persona contratada pertenece a los colectivos enumerados arriba.
  • Las cuantías se adaptarán proporcionalmente cuando el contrato sea a tiempo parcial.

 

 

Plazo de solicitud

 

Hasta el 30 de septiembre de 2022.

 

Importante: serán subvencionables las contrataciones realizadas a partir de que surta efectos la presente convocatoria y durante su vigencia, así como las contrataciones realizadas en los doce meses anteriores a que surta efectos la presente convocatoria.

 

 

Tramitación e información de la ayuda:

CADE 

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